Lo más importante
- El RESICO de personas físicas permite tributar mientras tus ingresos anuales no rebasen 3.5 millones de pesos (verifica el monto actualizado en el portal oficial del SAT por si hubiera un ajuste).
- Las tasas de ISR son muy bajas: van de alrededor de 1% a 2.5% según tu ingreso mensual, conforme a la tabla oficial del SAT.
- Si superas el límite de ingresos, dejas de poder tributar en RESICO y pasas al régimen general de actividad empresarial o al que te corresponda.
- Para no salir del régimen debes estar al corriente, tener e.firma vigente y presentar tus declaraciones mensuales y la anual.
Si tus ingresos anuales rebasan los 3.5 millones de pesos, dejas de poder tributar en el RESICO de personas físicas y debes cambiar al régimen general que te corresponda. El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) ofrece tasas de ISR bajas, de alrededor de 1% a 2.5%, a cambio de cumplir requisitos y respetar ese tope de ingresos.
¿Qué es el RESICO y para quién es?
El RESICO, o Régimen Simplificado de Confianza, es un esquema fiscal del SAT diseñado para que personas físicas y morales con ingresos relativamente bajos paguen impuestos de forma más sencilla y con tasas reducidas. Su objetivo es facilitar el cumplimiento: menos cálculos complicados y un ISR menor que en el régimen general.
En el caso de las personas físicas, aplica para quienes realizan actividades empresariales, profesionales (honorarios) o arrendamiento de inmuebles, siempre que sus ingresos no superen el límite establecido. Es un régimen pensado para pequeños negocios, freelancers, profesionistas independientes y arrendadores que buscan una carga fiscal ligera y trámites simples.
No todas las personas pueden inscribirse: hay supuestos de exclusión (por ejemplo, ser socio o accionista de empresas en ciertos casos, percibir ingresos asimilados a salarios o estar en situaciones específicas que marca la ley). Por eso conviene revisar tu situación particular antes de elegirlo.
El límite de ingresos vigente del RESICO
Para personas físicas, el RESICO tiene un tope de ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos. Mientras te mantengas por debajo de ese umbral durante el ejercicio, puedes seguir aprovechando las tasas reducidas del régimen.
Este límite considera el total de tus ingresos efectivamente cobrados en el año por las actividades que tributas en RESICO. Es importante llevar un control mensual de tus ingresos para anticipar si te estás acercando al tope y no llevarte una sorpresa al cierre del ejercicio.
Como los montos pueden actualizarse de un año a otro, te recomendamos confirmar la cifra vigente directamente en el portal oficial del SAT antes de tomar decisiones fiscales.
Tasas del RESICO y por qué conviene
Una de las grandes ventajas del RESICO para personas físicas es su tasa de ISR. A diferencia del régimen general, donde la tasa puede ser considerablemente más alta, aquí pagas un porcentaje que va de alrededor de 1% a 2.5% sobre tus ingresos, dependiendo del monto que percibas cada mes.
El esquema es progresivo: a menores ingresos, menor tasa. Esto lo hace muy atractivo para quienes empiezan o tienen ingresos moderados. A continuación, una referencia aproximada del comportamiento de la tasa según el ingreso mensual. Recuerda que los rangos y porcentajes exactos se publican en la tabla oficial del SAT, que debes consultar para tu cálculo real.
| Ingreso mensual aproximado | Tasa de ISR aproximada |
|---|---|
| Hasta 25,000 pesos | Alrededor de 1.00% |
| De 25,000 a 50,000 pesos | Alrededor de 1.10% |
| De 50,000 a 83,000 pesos | Alrededor de 1.50% |
| De 83,000 a 208,000 pesos | Alrededor de 2.00% |
| Más de 208,000 pesos | Alrededor de 2.50% |
Los valores anteriores son orientativos para que entiendas la lógica del régimen. Para el cálculo exacto de tu pago mensual, utiliza siempre la tabla vigente publicada en el portal oficial del SAT.
¿Qué pasa exactamente si superas el límite?
Si durante el ejercicio tus ingresos rebasan el tope de 3.5 millones de pesos, dejas de cumplir el requisito esencial del RESICO y ya no puedes seguir tributando bajo este régimen con sus tasas reducidas.
En términos generales, cuando se supera el límite, debes cambiar al régimen que te corresponda según tu actividad, normalmente el régimen general de actividad empresarial y profesional de personas físicas. El cambio suele aplicar a partir del momento en que se rebasa el monto o desde el ejercicio siguiente, según las reglas que establece la autoridad; por eso es clave revisar tu caso concreto en el portal oficial del SAT.
Salir del RESICO implica que tu carga fiscal aumenta, ya que el régimen general aplica la tarifa progresiva de ISR con tasas más altas. También cambian algunas obligaciones y la forma de calcular tus impuestos, por lo que conviene prepararte con anticipación y, si es necesario, apoyarte en un contador.
Pasos recomendados si rebasas el tope
- Identifica el mes exacto en que superaste el límite revisando tus ingresos acumulados.
- Verifica en el portal oficial del SAT a partir de cuándo debes tributar en el nuevo régimen.
- Actualiza tu situación fiscal en el RFC presentando el aviso correspondiente.
- Ajusta la emisión de tus facturas y el cálculo de tus declaraciones al nuevo régimen.
- Considera asesoría contable para evitar errores y posibles sanciones.

Obligaciones para no salir del régimen
Permanecer en el RESICO no depende solo de respetar el límite de ingresos. La autoridad pide cumplir con varias obligaciones de manera constante. Si las descuidas, puedes perder los beneficios del régimen.
- Estar al corriente con tus obligaciones fiscales, sin adeudos pendientes con el SAT.
- Contar con e.firma vigente y buzón tributario habilitado.
- Presentar tus declaraciones mensuales dentro de los plazos establecidos.
- Presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio.
- Emitir tus comprobantes fiscales (CFDI) por todas tus operaciones.
- Mantener actualizada tu información en el RFC.
Cumplir en tiempo evita problemas. Si te interesa conocer las consecuencias de no presentar tus obligaciones, revisa las multas por no declarar a tiempo que aplica la autoridad. Y si tu actividad incluye ventas que requieren comprobante, aprende cómo facturar ante el SAT correctamente.
Causas por las que te pueden sacar del RESICO
Además de superar el límite de ingresos, existen otras situaciones que pueden hacer que dejes de tributar en el RESICO. Conocerlas te ayuda a evitarlas.
- Omitir o presentar fuera de plazo tus declaraciones mensuales o la anual de forma reiterada.
- No estar al corriente con tus obligaciones fiscales y acumular adeudos.
- No contar con e.firma vigente cuando la autoridad lo requiere.
- Ubicarte en alguno de los supuestos de exclusión, como ser socio o accionista de personas morales en ciertos casos, o percibir ingresos asimilados a salarios.
- Dejar de emitir comprobantes fiscales por tus operaciones.
Cuando el SAT detecta que ya no cumples los requisitos, puede dejar de aplicarte los beneficios del régimen y reubicarte en el que corresponda. Por eso la disciplina en el cumplimiento es la mejor forma de mantenerte dentro.
RESICO para personas morales (breve)
El RESICO no es exclusivo de personas físicas. También existe una modalidad para personas morales (empresas), con un límite de ingresos distinto: hasta 35 millones de pesos anuales. Las reglas, tasas y obligaciones difieren respecto a las personas físicas, por lo que cada caso debe revisarse por separado.
| Concepto | Persona física | Persona moral |
|---|---|---|
| Límite de ingresos anuales | Hasta 3.5 millones de pesos | Hasta 35 millones de pesos |
| Tasa de ISR | De alrededor de 1% a 2.5% | Conforme a reglas específicas del régimen |
| e.firma | Obligatoria | Obligatoria |
| Declaraciones | Mensuales y anual | Mensuales y anual |
Si tu empresa está cerca del tope o tiene una estructura societaria particular, consulta el portal oficial del SAT y, de ser necesario, a un especialista para confirmar si puede o debe permanecer en el régimen.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el límite de ingresos del RESICO para personas físicas?
El límite vigente para personas físicas es de hasta 3.5 millones de pesos de ingresos anuales. Mientras no rebases esa cifra durante el ejercicio, puedes tributar en el régimen con sus tasas reducidas. Como los montos pueden actualizarse, te recomendamos confirmar la cantidad vigente directamente en el portal oficial del SAT.
¿Qué pasa si supero los 3.5 millones de pesos?
Si rebasas el tope, dejas de cumplir el requisito principal del RESICO y debes tributar en el régimen general de actividad empresarial o el que corresponda a tu actividad. El cambio suele aplicar desde que se supera el monto o el ejercicio siguiente, según las reglas; verifica tu caso concreto en el portal oficial del SAT.
¿Cuánto se paga de ISR en el RESICO?
Las tasas de ISR para personas físicas en el RESICO van de alrededor de 1% a 2.5% sobre tus ingresos, según el monto mensual que percibas. Es un esquema progresivo: a menos ingresos, menor tasa. Para el cálculo exacto de tu pago, consulta siempre la tabla oficial publicada por el SAT.
¿Qué requisitos debo cumplir para seguir en el RESICO?
Debes estar al corriente con tus obligaciones fiscales, contar con e.firma vigente, presentar tus declaraciones mensuales y la anual en tiempo, emitir tus comprobantes fiscales y no ubicarte en supuestos de exclusión. Si descuidas estas obligaciones de forma reiterada, podrías perder los beneficios del régimen.
¿El RESICO aplica también para empresas?
Sí. Existe una modalidad de RESICO para personas morales con un límite de ingresos de hasta 35 millones de pesos anuales. Sus reglas, tasas y obligaciones son distintas a las de personas físicas, por lo que cada empresa debe revisar su situación particular en el portal oficial del SAT antes de optar por este régimen.
¿Puedo regresar al RESICO si salí por superar el límite?
El reingreso al RESICO depende de las reglas que establece la autoridad y de que vuelvas a cumplir todos los requisitos, incluido el límite de ingresos. No es automático ni siempre posible en cualquier momento. Te recomendamos consultar el portal oficial del SAT o a un contador para conocer las condiciones aplicables a tu caso.
Conclusión
El RESICO es una opción muy conveniente para personas físicas con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos al año, gracias a sus tasas bajas de ISR. La clave para aprovecharlo es respetar el límite y cumplir tus obligaciones: estar al corriente, mantener tu e.firma vigente y presentar puntualmente tus declaraciones mensuales y la anual. Si te acercas al tope o tienes dudas sobre tu situación, revisa el portal oficial del SAT y, de ser necesario, apóyate en un contador. No dejes para el último día tus declaraciones: cumplir a tiempo te evita multas y te mantiene dentro del régimen.










