La pensión por invalidez IMSS 2026 es una prestación económica vitalicia para trabajadores que perdieron capacidad laboral por enfermedad o accidente no laboral. Es uno de los trámites más técnicos del IMSS porque depende de un dictamen médico institucional, de cumplir semanas cotizadas mínimas y de demostrar que la pérdida de capacidad rebasa el 50%. Esta guía explica los formatos ST-3 y ST-4, requisitos vigentes, cómo se calcula el monto, plazos reales del trámite y errores comunes.
En 2026 más de 480 mil personas reciben pensión por invalidez del IMSS. El sistema combina elementos de Ley 73 (anterior a julio 1997) y Ley 97 (vigente para nuevos cotizantes), por lo que el cálculo del monto puede variar significativamente según el año de inicio del cotizante.
Qué es la pensión por invalidez IMSS
Es una prestación económica de la rama “Invalidez y Vida” del Seguro Social. Cubre a quienes pierden, por enfermedad o accidente no laboral, más del 50% de su capacidad para realizar trabajo remunerado en condiciones similares a las que tenían antes del padecimiento. No aplica a invalidez por riesgo de trabajo, que se cubre con un mecanismo distinto (pensión por riesgo de trabajo).
Requisitos para iniciar el trámite 2026
- Ser trabajador asegurado del IMSS, activo o con conservación de derechos vigente.
- Tener 250 semanas cotizadas mínimas (o 150 si tienes 60+ años o invalidez ≥75%).
- Pérdida de capacidad de trabajo superior al 50% certificada por Salud en el Trabajo del IMSS.
- No tener pensión vigente por otra rama de seguridad social del mismo Instituto.
- Documentación clínica del padecimiento (expediente, estudios, tratamientos).
- Identificación oficial vigente y CURP.
Formatos clave: ST-3 y ST-4
- ST-3: dictamen provisional de invalidez. Válido por dos años. Permite acceder a pensión provisional revisable.
- ST-4: dictamen definitivo de invalidez. Se emite cuando la condición es permanente.
- El ST-3 se renueva cada dos años hasta confirmación de permanencia.
- Ambos los firma el médico de Salud en el Trabajo IMSS, no el tratante particular.
- El ST-3 puede convertirse en ST-4 antes del segundo año si hay confirmación clínica clara.
Paso a paso del trámite
- Acude a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) con tu médico tratante.
- El médico familiar evalúa la condición y, si aplica, refiere a Salud en el Trabajo del IMSS.
- Reúne expediente clínico completo: estudios de imagen, laboratorio, hojas de evolución, recetas.
- Acude a Salud en el Trabajo con expediente y documentos personales.
- Se realiza valoración médica integral por equipo multidisciplinario.
- El médico de Salud en el Trabajo dictamina porcentaje de pérdida de capacidad.
- Si el porcentaje ≥50%, emite ST-3 (provisional) o ST-4 (definitiva).
- Con el formato firmado, acudes a la subdelegación IMSS de tu domicilio.
- Solicitas inicio del trámite de pensión con documentos personales y NSS.
- La subdelegación calcula monto, aplica Ley 73 o Ley 97 según corresponda.
- Se notifica resolución por correo o presencialmente.
- Se da de alta en nómina y se programa primer depósito (45-90 días).
Cálculo del monto de pensión
El monto depende de tres factores:
- Salario base de cotización: promedio de las últimas 250 (Ley 73) o 500 (Ley 97) semanas cotizadas.
- Porcentaje base: 35% de la cuantía básica.
- Asignaciones familiares: 15% por esposa o concubina, 10% por cada hijo menor de 16 años o estudiante hasta 25 años, 10% para padres dependientes.
El piso de pensión vigente en 2026 es aproximadamente 7,000 pesos mensuales con ajuste anual conforme a UMA. Pensiones superiores se calculan según historial cotizante.
Diferencia entre Ley 73 y Ley 97
- Ley 73: para cotizantes que iniciaron antes del 1 julio 1997. Pensión calculada como porcentaje del salario base. Régimen más favorable en la mayoría de los casos.
- Ley 97: para cotizantes que iniciaron desde el 1 julio 1997. Pensión calculada con el saldo acumulado en cuenta individual administrada por AFORE. Si el saldo es insuficiente, aplica complemento de pensión garantizada del gobierno federal.
Documentación específica que debes preparar
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte).
- CURP impresa.
- Acta de nacimiento.
- Acta de matrimonio (si aplica para asignación familiar).
- Actas de nacimiento de hijos (si aplica).
- Constancia de últimos cotizantes (genera en imss.gob.mx).
- Comprobante de domicilio reciente.
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Estado de cuenta AFORE.
- Expediente clínico completo del padecimiento.
- Estudios de imagen y laboratorio con resultados.
- Formato ST-3 o ST-4 firmado por Salud en el Trabajo.
Padecimientos que comúnmente generan invalidez
- Enfermedades cardiovasculares avanzadas (insuficiencia cardiaca clase III-IV).
- Enfermedad renal crónica con necesidad de diálisis o trasplante.
- Cáncer en estadios avanzados.
- Esclerosis múltiple, esclerosis lateral amiotrófica.
- Artritis reumatoide severa con discapacidad funcional.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica grave.
- Discapacidad psicosocial severa (esquizofrenia, trastorno bipolar refractario).
- Secuelas neurológicas de accidentes cerebrovasculares.
- Diabetes mellitus con complicaciones graves (retinopatía con ceguera, neuropatía discapacitante).
- Enfermedades degenerativas musculares.
Tiempos reales del trámite en 2026
- Evaluación por Salud en el Trabajo: 30 a 90 días.
- Emisión de ST-3: 15 a 45 días tras valoración.
- Trámite en subdelegación: 30 a 60 días.
- Cálculo y resolución: 30 a 45 días.
- Primer depósito: 45 a 90 días tras resolución.
- Tiempo total promedio: 4 a 8 meses desde inicio hasta primer pago.
Qué hacer si el dictamen es desfavorable
- Solicita por escrito el dictamen con motivo del rechazo.
- Pide segunda valoración médica con expediente clínico ampliado.
- Si persiste, presenta inconformidad en Oficina de Atención al Derechohabiente.
- Escala a la Comisión Nacional de Bioética o a Conamed si hay irregularidades.
- Considera asesoría legal especializada para amparo o juicio laboral.
- Mientras tanto, mantén continuidad de atención médica para conservar evidencia clínica.
Compatibilidad con otras pensiones y prestaciones
- Compatible con pensión por viudez si aplicó el caso.
- No compatible con pensión por vejez del mismo cotizante (se elige la más alta).
- Compatible con servicios médicos IMSS de por vida.
- Compatible con asignación familiar para esposa, hijos o padres dependientes.
- Al cumplir 65 años puede convertirse en pensión por vejez si aplica.
- Compatible con apoyo de programas sociales del Bienestar siempre que cumplan criterios respectivos.
Errores que retrasan el trámite
- Acudir directamente a subdelegación sin pasar antes por Salud en el Trabajo.
- No llevar expediente clínico completo.
- Reporte de semanas cotizadas con errores: corrige antes en imss.gob.mx.
- Datos personales no actualizados (domicilio, estado civil).
- No declarar hijos menores: pierdes asignación familiar.
- Aceptar dictamen desfavorable sin solicitar segunda valoración.
- Pagar a gestores: el IMSS no acepta intermediarios, todo el trámite es directo y gratuito.

Recomendaciones finales
El trámite de pensión por invalidez IMSS es técnico pero claro cuando se siguen los pasos correctos. La clave está en el dictamen médico de Salud en el Trabajo, en presentar expediente clínico completo y en verificar semanas cotizadas antes de iniciar. Nunca contrates gestores: el trámite es directo, gratuito y todos los documentos los tramitas tú o un familiar designado. Si la primera valoración no es favorable, no te desanimes: la revisión y la segunda opinión están contempladas en el reglamento.
Conclusión: prestación vitalicia por derecho cotizante
La pensión por invalidez IMSS 2026 protege a la persona trabajadora cuando una enfermedad o accidente no laboral la deja sin posibilidad de seguir trabajando. Las 250 semanas cotizadas son la puerta de entrada, el dictamen ST-3/ST-4 el documento clave y el cálculo del monto el resultado de tu historial cotizante. En 4 a 8 meses, si reúnes lo necesario, puedes asegurar un ingreso vitalicio que sostendrá tus gastos esenciales y los de tu familia. Conoce tus derechos y exígelos: el sistema está diseñado para protegerte y la prestación es un derecho, no un favor.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la pensión por invalidez IMSS y a quién aplica?
La pensión por invalidez IMSS es una prestación económica vitalicia para personas trabajadoras que pierden, por enfermedad o accidente no laboral, más del 50% de su capacidad para realizar trabajo remunerado en términos similares a su categoría laboral anterior. Aplica a derechohabientes activos o con conservación de derechos vigente, con un mínimo de 250 semanas cotizadas (o 150 semanas si la invalidez se considera de origen no profesional certificable). El dictamen lo emite el área de Salud en el Trabajo del IMSS mediante los formatos ST-3 (provisional) y ST-4 (definitiva).
¿Cuántas semanas cotizadas se necesitan en 2026?
Para 2026 se mantienen los criterios vigentes: 250 semanas cotizadas mínimas para invalidez por enfermedad general; 150 semanas si la persona tiene 60 años o más al momento del dictamen, o si la invalidez es del 75% o mayor. Si el trabajador ya no cotiza pero conserva derechos (hasta seis semanas tras el último pago de cuotas), puede iniciar trámite. Si su última cotización fue hace más tiempo, debe reactivar derechos cotizando nuevamente o aceptar pensión proporcional bajo Ley 73. Se recomienda primero descargar reporte de semanas cotizadas en imss.gob.mx.
¿Cuál es el monto de la pensión por invalidez 2026?
El monto se calcula con base en el promedio del salario diario integrado de las últimas 250 semanas cotizadas (Ley 73) o de las últimas 500 semanas (Ley 97), aplicando un porcentaje del 35% más asignaciones familiares (15% por esposa o concubina, 10% por cada hijo menor de 16 años o estudiante hasta 25 años). El piso de pensión vigente es de aproximadamente 7,000 pesos mensuales, con incrementos anuales según UMA. El monto se deposita en cuenta bancaria designada por el pensionado y nunca tiene descuentos por concepto de cobranza institucional.
¿Cuáles son los formatos ST-3 y ST-4?
El ST-3 es el formato del IMSS que dictamina la invalidez provisional, válido por dos años. El ST-4 es la definitiva, emitida tras evaluación más completa cuando la condición es permanente. Ambos los firma el médico de Salud en el Trabajo del IMSS, no el médico tratante particular. El trámite inicia cuando el médico familiar refiere al área de Salud en el Trabajo, que evalúa al paciente, ordena estudios y dictamina. El ST-3 se renueva cada dos años hasta que se confirme permanencia con ST-4.
¿Qué pasa si el dictamen es desfavorable?
Si el área de Salud en el Trabajo dictamina menos del 50% de pérdida de capacidad, no procede pensión por invalidez, pero pueden aplicar otras prestaciones (incapacidad temporal, pensión por riesgo de trabajo si fue laboral, jubilación anticipada bajo Ley 73). El derechohabiente puede solicitar revisión médica con un segundo dictamen y, si persiste el desacuerdo, presentar inconformidad ante Junta de Conciliación o tribunales laborales. También puede iniciar amparo si considera que el dictamen tiene irregularidades formales o de fondo. Se recomienda asesoría legal especializada en derecho laboral.










