El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) permite a personas físicas en México tributar con tasas de ISR de entre 1% y 2.5%, pero existen trampas, requisitos ocultos y cambios para 2026 que podrían sacarte del régimen sin previo aviso si no los conoces a tiempo.

Qué es el RESICO y por qué le conviene a millones de mexicanos
Desde su entrada en vigor en 2022, el RESICO se posicionó como la opción fiscal más atractiva para pequeños y medianos contribuyentes. La promesa era sencilla: pagar menos impuestos a cambio de facturar cada peso que ingresa. Para 2026, el esquema mantiene su esencia, pero el SAT ha introducido ajustes que todo contribuyente debería conocer antes de presentar su siguiente declaración mensual.
A diferencia del Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, donde las tasas de ISR pueden alcanzar hasta el 35%, el RESICO aplica porcentajes fijos que van del 1% al 2.5% sobre los ingresos efectivamente cobrados. No hay deducciones complicadas, no hay coeficiente de utilidad y la contabilidad es mínima. Suena bien, pero el diablo está en los detalles.
Las tasas reales del ISR en RESICO para 2026
La tabla de tasas se mantiene sin cambios respecto al ejercicio anterior, pero hay un dato que muchos contadores omiten: estas tasas se aplican sobre el ingreso bruto, no sobre la utilidad. Esto significa que si tu margen de ganancia es bajo, podrías terminar pagando proporcionalmente más que en el régimen general.
- Hasta $25,000 pesos mensuales: tasa del 1.00% de ISR
- De $25,000.01 a $50,000: tasa del 1.10%
- De $50,000.01 a $83,333.33: tasa del 1.50%
- De $83,333.34 a $208,333.33: tasa del 2.00%
- De $208,333.34 a $291,666.67: tasa del 2.50%
Para quienes se dedican a actividades del sector primario (agricultura, ganadería, pesca y silvicultura), existe una exención total del ISR si los ingresos anuales no superan los 900,000 pesos, siempre que se emitan los CFDI correspondientes. Este beneficio aplica tanto para ejidatarios como para pequeños productores independientes.

Requisitos para estar en RESICO durante 2026
Aquí es donde muchos contribuyentes se confían y terminan fuera del régimen. Los requisitos no son negociables y el SAT los vigila de manera automatizada:
- Estar inscrito en el RFC con datos actualizados
- Contar con e.firma (firma electrónica) vigente
- Tener el Buzón Tributario habilitado y revisarlo constantemente
- Emitir CFDI (factura electrónica) por absolutamente cada ingreso percibido
- No haber obtenido ingresos superiores a $3,500,000 pesos en el ejercicio fiscal anterior
- No ser socio o accionista de personas morales
- No tributar simultáneamente en el régimen de asimilados a salarios
Si durante el ejercicio 2026 tus ingresos acumulados superan los 3.5 millones de pesos, el SAT te moverá automáticamente al Régimen General de Personas Físicas. Este cambio es irreversible para el resto del año fiscal y las tasas que enfrentarás serán considerablemente más altas. Si te interesa conocer más sobre tus obligaciones ante el SAT, revisa esta guía sobre la declaración anual y los 5 errores que te pueden causar una multa.
Los cambios que el SAT no anuncia con bombo y platillo
Para 2026, la autoridad fiscal introdujo modificaciones que pasaron desapercibidas para la mayoría de los contribuyentes. La primera y más relevante: los pagos mensuales son ahora definitivos. Esto significa que la mayoría de los contribuyentes en RESICO ya no están obligados a presentar declaración anual, lo cual suena a buena noticia hasta que entiendes las implicaciones.
Al no presentar declaración anual, pierdes la posibilidad de aplicar deducciones personales como gastos médicos, colegiaturas o aportaciones a tu Afore. Si tus deducciones personales representan un monto significativo, el RESICO podría no ser tu mejor opción.
Otro cambio silencioso: las sanciones por no emitir CFDI se endurecieron. Si el SAT detecta que recibiste ingresos sin facturar, no solo te sacará del régimen, sino que podrías enfrentar multas que van desde los $17,000 hasta los $97,000 pesos por cada comprobante omitido, según lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.
Si facturas a través de plataformas digitales o marketplaces, prepárate para requerimientos informativos adicionales. El SAT está cruzando la información de apps de pago con los CFDI emitidos para detectar inconsistencias.
Quiénes no pueden tributar en RESICO (aunque quieran)
No todos los contribuyentes califican para este régimen, y las exclusiones van más allá del límite de ingresos. La ley es clara en señalar que quedan fuera:
- Socios o accionistas de personas morales (empresas)
- Contribuyentes que participen en fideicomisos
- Residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México
- Quienes perciban ingresos por asimilados a salarios
- Personas físicas con ingresos por honorarios a un solo prestatario que representen más del 50% de sus ingresos totales (pueden ser reclasificadas)
Un punto que genera confusión constante: si tienes ingresos por salarios además de tu actividad independiente, sí puedes estar en RESICO, siempre que la suma total de ambos no rebase los 3.5 millones de pesos anuales. Aprovecha para verificar tu situación descargando tu constancia de situación fiscal desde tu celular en 5 minutos.
Cómo cambiarte al RESICO si aún no lo has hecho
Si actualmente tributas en el Régimen de Actividades Empresariales, en el de Arrendamiento o el SAT te movió a otro régimen durante 2025, puedes solicitar tu cambio al RESICO. Sin embargo, hay una fecha límite que ya pasó para el ejercicio 2026: el 31 de enero de 2026 era la fecha tope para presentar el aviso de actualización de obligaciones ante el SAT.
Si perdiste esa ventana, tendrás que esperar hasta enero de 2027 para hacer el cambio. El trámite se realiza a través del portal del SAT, en la sección de “Actualización de actividades económicas y obligaciones”, y necesitarás tu e.firma vigente para completarlo. Mientras tanto, puedes aprovechar para organizar tus finanzas con ayuda de los trámites que ya puedes hacer 100% en línea ante el gobierno de México.

Estrategias legales para maximizar el beneficio del RESICO
Tributar en RESICO no significa que debas ser pasivo con tu estrategia fiscal. Existen movimientos completamente legales que pueden optimizar tu situación:
Monitorea tus ingresos acumulados cada mes. Si te acercas al tope de 3.5 millones, evalúa con tu contador si conviene diferir la facturación de ciertos proyectos para el siguiente ejercicio. Perder el RESICO a mitad de año tiene consecuencias fiscales severas.
Aunque no puedas aplicar deducciones personales en RESICO, sí puedes deducir IVA acreditable en tus declaraciones mensuales. Muchos contribuyentes olvidan que el IVA funciona de manera independiente al ISR en este régimen. Si generas gastos con IVA relacionados a tu actividad, recupéralo. Y si necesitas saber qué gastos puedes incluir, consulta los requisitos para que tu factura de gasolina sea 100% deducible.
Revisa si tienes saldo a favor de ejercicios anteriores. Si tributaste en otro régimen antes de cambiarte al RESICO y generaste saldo a favor, ese dinero no desaparece. Puedes solicitar su devolución ante el SAT siguiendo los pasos para recuperar tu saldo a favor en menos de 10 días.
Lo que viene para el RESICO en el segundo semestre de 2026
Las proyecciones del paquete económico y las resoluciones misceláneas apuntan a que el SAT intensificará la fiscalización electrónica durante la segunda mitad del año. Se espera mayor cruce de información entre plataformas de pago (CoDi, SPEI, transferencias bancarias) y los CFDI emitidos por contribuyentes del RESICO.
También hay discusiones dentro de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) sobre la posibilidad de elevar el tope de ingresos a 4 millones de pesos para el ejercicio 2027, aunque esto aún no se ha formalizado en ningún decreto. Lo que sí es un hecho: la digitalización del SAT avanza a un ritmo que deja poco margen para errores o descuidos en la facturación.
Para mantenerte al día con tus obligaciones fiscales, el portal oficial del SAT actualiza constantemente sus guías y simuladores de declaración. No esperes a que te llegue un requerimiento para ponerte al corriente.
