El trámite debe realizarse con anticipación e incluye la presentación de documentos, información sobre los premios y el pago de derechos establecidos por la autoridad. En México, cualquier persona o empresa que desee organizar una rifa o sorteo ante Segob debe verificar si su actividad requiere autorización de la Secretaría de Gobernación (Segob), autoridad encargada de regular estas dinámicas a través de la Dirección General de Juegos y Sorteos. La legislación vigente establece que diversos tipos de sorteos promocionales y rifas necesitan un permiso previo para garantizar la transparencia del proceso y la entrega de los premios ofrecidos a los participantes. Por ello, conocer los requisitos para tramitar un permiso para rifa o sorteo resulta fundamental antes de lanzar cualquier convocatoria.

¿Quiénes deben solicitar un permiso para una rifa o sorteo?

El permiso puede ser solicitado tanto por personas físicas como por personas morales (empresas legalmente constituidas en México). En ambos casos, el objetivo es que la autoridad pueda verificar que el sorteo se desarrollará conforme a la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su reglamento, protegiendo tanto a los organizadores como a los participantes. Es importante señalar que no todas las dinámicas promocionales requieren autorización. Sin embargo, cuando el evento encuadra dentro de los supuestos regulados por la ley, será necesario gestionar el permiso para realizar una rifa en México antes del inicio de la promoción.

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Requisitos para empresas y particulares

Aunque la documentación puede variar según el tipo de sorteo, la autoridad solicita una serie de requisitos generales.

Documentación básica

Entre los documentos que comúnmente se requieren destacan:

  • Solicitud dirigida a la Dirección General de Juegos y Sorteos.
  • Descripción detallada de la mecánica del sorteo.
  • Fechas de inicio y conclusión.
  • Relación y descripción de los premios.
  • Cobertura geográfica del evento.
  • Medios donde será difundido.
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP), cuando corresponda.
  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de pago de derechos.
  • Avalúo o cotización de los premios.
  • Garantía o fianza para asegurar la entrega de los premios, cuando sea aplicable.

Requisitos para empresas

Las empresas que soliciten un permiso para sorteo ante Segob también deberán acreditar su personalidad jurídica mediante documentos como:

  • Acta constitutiva.
  • Poder notarial del representante legal.
  • Identificación oficial del representante legal.
  • RFC de la empresa.

Requisitos para particulares

En el caso de las personas físicas, además de la documentación básica, normalmente deberán presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad respecto a determinados antecedentes previstos por la legislación aplicable.

¿Cuándo debe realizarse el trámite?

La Secretaría de Gobernación recomienda presentar la solicitud con al menos 20 días hábiles de anticipación al inicio de la vigencia del sorteo. Realizar el trámite con tiempo permite atender posibles requerimientos de información adicional y obtener la autorización antes de iniciar la promoción.

Costos del permiso

Uno de los aspectos que más interesa a los organizadores es el costo del permiso para una rifa o sorteo.

El monto no es único, ya que depende de factores como:

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  • El tipo de sorteo.
  • El valor comercial de los premios.
  • Los derechos establecidos por la legislación vigente.
  • En algunos casos, los costos relacionados con la interventoría o supervisión oficial.

Por ello, la autoridad recomienda revisar el tabulador actualizado antes de presentar la solicitud.

¿Qué sucede si se organiza un sorteo sin autorización?

Realizar un sorteo sin permiso de Segob cuando la legislación exige autorización puede derivar en procedimientos administrativos y sanciones previstas por la Ley Federal de Juegos y Sorteos. Además de las posibles multas, la autoridad puede iniciar acciones derivadas del incumplimiento de las disposiciones legales aplicables. Por esta razón, especialistas en materia regulatoria recomiendan verificar previamente si la dinámica promocional requiere autorización y cumplir con todos los requisitos establecidos antes de anunciar la rifa o sorteo al público.

¿Dónde se realiza el trámite?

Las solicitudes deben presentarse ante la Dirección General de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación, dependencia encargada de analizar la documentación, verificar el cumplimiento de la normatividad y, en su caso, emitir el permiso correspondiente. Consultar la información oficial y preparar correctamente el expediente puede facilitar el proceso y reducir la posibilidad de requerimientos adicionales por parte de la autoridad. En caso de dudas sobre la modalidad del sorteo o los documentos necesarios, es recomendable revisar las disposiciones vigentes y solicitar orientación directamente a la autoridad competente antes de iniciar cualquier promoción.

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Publicado: 5 de agosto, 2026 Cómo verificamos la información
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