El derecho a una vida libre de violencia es fundamental, y el sistema legal de la Ciudad de México contempla mecanismos de urgencia para proteger tu integridad física y emocional de forma inmediata. La orden de restricción (legalmente conocidas como medidas de protección) son determinaciones judiciales y ministeriales diseñadas para salvaguardar a las víctimas en situaciones de riesgo inminente.
Si te encuentras en una situación de peligro, violencia familiar o acoso, no necesitas esperar a que concluya un juicio prolongado para obtener protección. En este 2026, los protocolos de la CDMX permiten tramitar y activar estas medidas el mismo día en que se solicitan. A continuación, te explicamos la ruta legal exacta, las instituciones a las que debes acudir y cómo asegurar tu resguardo inmediato.
¿Qué es y qué alcance tiene una Medida de Protección?
Una orden de restricción no es un simple llamado de atención; es un mandato legal cuyo incumplimiento por parte del agresor constituye un delito grave que puede castigarse con prisión. Dependiendo del nivel de riesgo, la autoridad puede dictar diferentes acciones el mismo día:
Prohibición de acercamiento: Impide al agresor aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo, de estudio o cualquier espacio que frecuente.
Prohibición de comunicación: Restringe cualquier intento de contacto por parte del agresor mediante llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos o redes sociales.
Separación del domicilio: Si el agresor habita en el mismo inmueble que la víctima, la autoridad puede ordenar el desalojo inmediato del agresor con auxilio de la fuerza pública, sin importar la propiedad del inmueble.
Código de atención policial (Código Águila): Se asigna vigilancia periódica al domicilio de la víctima por parte de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y una línea de comunicación directa en caso de emergencia.
Instituciones Oficiales para Solicitarla el Mismo Día
Para obtener una medida de protección de urgencia en menos de 24 horas, debes acudir de forma presencial a cualquiera de los siguientes canales oficiales en la CDMX:
1. Centros de Justicia para las Mujeres (CJM)
Son espacios especializados que concentran a ministerios públicos, juezas, psicólogas y abogadas en un solo lugar. Son la opción más rápida y con atención integral si eres mujer y sufres de violencia de género o familiar.
Ubicaciones principales: CJM Azcapotzalco, Iztapalapa, Tlalpan y Magdalena Contreras (operan las 24 horas, los 365 días del año).
2. Fiscalías de Investigación Territorial (Ministerios Públicos)
Cualquier agencia del Ministerio Público en las 16 alcaldías de la CDMX tiene la obligación constitucional de recibir tu comparecencia y dictar medidas de protección de urgencia en un plazo no mayor a 4 horas desde que conocen el caso.
3. Juzgados de lo Familiar (Poder Judicial de la CDMX)
Ubicados en Avenida Juárez u oficinas desconcentradas, puedes acudir a solicitar una medida de protección provisional por la vía civil el mismo día mediante una comparecencia de urgencia ante el juez en turno.
Ruta Paso a Paso para el Trámite de Urgencia
Para agilizar el proceso y asegurar que salgas de las oficinas con tu orden de protección firmada y vigente, sigue este protocolo:


Requisitos y Evidencias Necesarias
Por ley, no necesitas presentar pruebas periciales complejas para que te otorguen la protección el mismo día; el principio de buena fe y tu declaración son suficientes para activar las medidas provisionales. Sin embargo, para robustecer el expediente y determinar los alcances de la restricción, te sugerimos llevar:
Identificación oficial: INE, pasaporte o cualquier documento con fotografía (si no los tienes contigo por haber huido de una situación de violencia, la autoridad aun así debe atenderte).
Direcciones exactas: Necesitarás proporcionar el domicilio del agresor (su casa o trabajo) para que la policía pueda ir a notificarle la prohibición de acercarse.
Evidencias complementarias (si dispones de ellas): Capturas de pantalla de mensajes de amenaza, registro de llamadas insistentes, fotografías de lesiones recientes o videos del comportamiento agresivo.

Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cuánto tiempo dura una orden de protección dictada por el Ministerio Público?
De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, las medidas de protección dictadas por el Ministerio Público tienen una duración inicial de hasta 60 días naturales, prorrogables por 30 días más. Durante este periodo, un Juez de Control debe ratificar o modificar la medida para asegurar que continúe vigente mientras se desarrolla la investigación.
¿Qué pasa si el agresor no respeta la orden de restricción?
Si el agresor se acerca a ti, te llama o ronda tu domicilio teniendo una orden vigente, debes llamar de inmediato al 911 mencionando que cuentas con una medida de protección activa. La policía capitalina procederá al arresto inmediato del agresor por desacato a un mandato judicial y el Ministerio Público iniciará una nueva carpeta de investigación que amerita prisión preventiva.
¿El trámite tiene algún costo?
No. Todo el proceso es completamente gratuito. Desde la asesoría jurídica, la atención psicológica, las valoraciones médicas y la expedición de las copias certificadas de tu orden de restricción. Ningún servidor público puede condicionar el otorgamiento de las medidas a cambio de dinero o dádivas.

Conclusión
Una orden de restricción es una barrera legal indispensable para salvaguardar tu tranquilidad cuando tu seguridad se ve amenazada. El sistema de justicia de la CDMX está diseñado para actuar con perspectiva de género e inmediatez ante casos de violencia. No minimices las señales de alerta ni las amenazas de un tercero; acude a los canales oficiales, solicita el apoyo de la Policía Cibernética o de Género y haz valer tus derechos para desactivar cualquier entorno de peligro. Tu seguridad es la máxima prioridad.
















