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Ley de Amparo Entra en Vigor: Oposición Acusa “Reforma Regresiva”

Un cambio de gran calado en el sistema judicial mexicano ha entrado en vigor. La presidenta Claudia Sheinbaum publicó este jueves el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Amparo. Esta publicación se realizó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que las modificaciones son oficiales a partir de este viernes 17 de octubre. El decreto impacta directamente en la reglamentación de los artículos 103 y 107 de la Constitución. Además, toca disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El proceso legislativo de esta reforma Ley de Amparo ha sido rápido y contencioso, marcado por la tensión entre el oficialismo y la oposición.

El Proceso Relámpago en el Congreso: Senado Avala Ley de Amparo

La aprobación de las reformas a la Ley de Amparo se completó con una celeridad inusual en el Congreso. El Senado de la República avaló el dictamen en lo general con 82 votos a favor y 38 en contra. Esto ocurrió apenas siete horas después de que la Cámara de Diputados enviara la minuta, y sin que el documento pasara por las comisiones senatoriales correspondientes. Durante la votación, se discutieron específicamente los cambios a los artículos 128 y 129, así como el crucial tercero transitorio. Estos ajustes tenían un objetivo: asegurar la aplicación de la reforma a las etapas subsiguientes de los juicios de amparo ya iniciados.

El Debate Central: ¿Es la Ley de Amparo Retroactiva?

El punto más álgido de la discusión se centró en la retroactividad de la reforma y la acusación de la oposición de que se trata de una medida regresiva. La oposición acusó que esta reforma limitará los derechos ciudadanos para obtener protección legal contra posibles arbitrariedades del poder. Sin embargo, desde el lado del oficialismo, el senador Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, argumentó lo contrario. Según su explicación, las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados lograron atajar el tema de la retroactividad. Con la publicación de este jueves, quedan derogadas todas las disposiciones legales que sean contrarias al decreto, quedando firme el polémico tercer artículo transitorio.

El texto de este artículo, vital para entender su aplicación inmediata, establece:

“Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos. Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto… se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”. En resumen, con la firma de la presidenta Claudia Sheinbaum y su aparición en el DOF, la nueva Ley de Amparo ya es una realidad. La atención se centra ahora en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en cómo los tribunales aplicarán estas nuevas directrices en los juicios en curso.
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